HAY AVALES Y RESISTENCIAS DESDE DISTINTOS SECTORES

La aplicación del sistema de juicio por jurados continúa en debate

Días atrás, el diputado de Cambiemos, Manuel Pagliaroni, había manifestado sus reparos por la puesta en marcha del sistema de juicio por jurados en la provincia del Chubut, aduciendo una “discusión profunda que tiene sus pros y sus contras” y que “no es algo con lo cual se pueda avanzar tan rápida y livianamente porque hay algunos aspectos que podrían tener injerencia negativa”.
Como ejemplo de esto último, citó como un problema “la real libertad que tendría un jurado para emitir su voto, sobre todo de culpabilidad, sobre un homicida”, explicando que “si una familia vinculada al delito quisiera averiguar los antecedentes de un jurado tendría posibilidades de presionarlo, amenazarlo o ir más lejos, sobre todo en comunidades chicas como las nuestras”.
Sin embargo, las estadísticas hablan por sí solas y en las provincias en las que dicho esquema fue puesto en práctica, los resultados han sido ampliamente valorados por una importante porción del sector judicial; por ejemplo, durante 2017, en la provincia de Buenos Aires, el resultado de los juicios por jurados arrojó un 70 por ciento de veredictos de culpabilidad y un 30 por ciento de absoluciones, sin que ello hubiera supuesto un contexto de peligrosidad para los jurados.

Madryn, con “veredicto positivo”

En Puerto Madryn, el sistema fue impulsado por abogados independientes y el propio Colegio de Abogados; en 2015, tuvo lugar un simulacro de juicio por jurados en el Portal de Madryn, donde cientos de vecinos que por allí transitaban pudieron ser testigos de un proceso judicial ficticio, basado en un caso real.
Al año siguiente, otro simulacro basado en el caso “La Provincia de Chubut c/Juan José Bautista por Homicidio – Legajo Fiscal Nº1047/2015 – Carpeta Judicial Nº312/2015 – Circunscripción de Puerto Madryn” se realizó en la sede local de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”.
Si bien no se han coordinado nuevos simulacros, la implementación del juicio por jurados, prevista no solo en la Constitución provincial, sino también impresa en la sociedad de los primeros colonos galeses, de cuya historia la ciudad es heredera, parecería encaminarse a ser un hecho; más aún, luego de que, tiempo atrás, el propio gobernador Mario Das Neves hubiera manifestado su intención de comenzar a poner en práctica dicho sistema.

Cómo deliberan los jurados populares

Durante el juicio, una vez que los jurados escuchan los alegatos de clausura de las partes, donde la Fiscalía y la Defensa se encargan de repasar la prueba presentada en el juicio para demostrar porqué su teoría del caso es la correcta, comienza la etapa de instrucciones al jurado y de deliberación.
Las instrucciones son la información legal necesaria que el juez técnico le da a los jurados para que puedan deliberar y llegar a un veredicto. En las instrucciones, el juez explica qué deben tener en cuenta los jurados para valorar la prueba, cuáles son las cuestiones esenciales a decidir y qué normas rigen en la deliberación; toda esta información surge tras un debate que tienen las partes de la acusación y la defensa con el juez, sin la presencia del jurado.

Duda razonable y veredicto

Las instrucciones se comunican de forma oral, y luego se le hace entrega de una copia escrita a cada jurado para que puedan tenerla con ellos durante la deliberación.
Una vez entregadas las instrucciones, los doce jurados titulares pasan a deliberar de forma secreta y continua, mientras que los suplentes quedan liberados. Lo primero que deberán hacer los jurados es elegir a un presidente, que será el encargado de ordenar la deliberación y leer el veredicto llegado el momento. Cada jurado deberá expresar su análisis en base a los hechos del caso y la prueba producida, y finalmente, evaluarán si la fiscalía ha probado más allá de una duda razonable la acusación y arribarán a un veredicto de culpabilidad, no culpabilidad o no culpabilidad por inimputabilidad en este caso; si el panel de jurados tiene alguna duda sobre las instrucciones impartidas, pueden comunicárselo por escrito al juez, quien debatirá con las partes qué respuesta dar.

Perpetua: se requiere unanimidad

La deliberación no tiene una duración preestablecida, termina solamente cuando se obtiene un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. El veredicto es el pronunciamiento del jurado con relación a la persona imputada. Para determinar la culpabilidad, se requiere como mínimo 10 votos afirmativos. Sin embargo, si el delito por el que se acusa tiene prevista una pena de prisión perpetua, se necesitará la unanimidad de votos afirmativos.
Cuando el jurado llega a un veredicto, el presidente se lo comunica al oficial de sala y éste al juez. Los jurados vuelven a la sala de audiencia para que el presidente lea el veredicto. Es importante resaltar que los jurados tienen la obligación de mantener en secreto absoluto su opinión y la forma en la que votaron. Los formularios usados para la votación y las notas del jurado se destruyen de inmediato una vez obtenido el veredicto.
Si el veredicto es de culpabilidad, el juez determinará la pena en una audiencia posterior que tiene con las partes y el condenado. Si es de no culpabilidad por inimputabilidad, en esa audiencia se evaluará si corresponde imponer una medida de seguridad.

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