CAMBIARON LA CALIFICACIÓN PENAL Y EL IMPUTADO IRÍA A PRISIÓN

Un abuelo abusó sexualmente de su nieta durante cinco años en Rawson

El cambio de calificación penal en el caso de un individuo de Rawson que durante 5 años abusó sexualmente de su nieta, lo podría mandar a prisión en caso de ser hallado culpable. En principio el caso había sido calificado como “abuso sexual simple”, pero luego el juez de garantías Marcelo Nieto De Biase dio el visto bueno para el cambio de calificación, lo que compromete seriamente al imputado que podría ir a prisión en caso de que las pruebas en su contra demuestren su autoría y que los hechos fueron tal como lo considera ahora la nueva recalificación del Ministerio Público Fiscal.
Nieto De Biase hizo lugar a un cambio de calificación legal en un caso de abuso sexual que, en principio, tras la acusación supervisada por la fiscal Graciela Suárez García permitía, eventualmente, la condena en suspenso, y en su caso la suspensión de juicio a prueba, en función de la pena solicitada, que no superaba los tres años de prisión.
En teste contexto, el fiscal general Omar Rodriguez había advertido la necesidad de que la causa tenga un nuevo encuadre legal, considerando que el mismo no era el adecuado y que lo cometido por el imputado era más grave que el “mero tocamiento” en las partes íntimas de la menor; esta última, entre los 5 y los 10 años de edad, fue víctima por parte de su abuelo de diversos abusos, entre ellos los perpetrados por sus propias manos, así como también por sus partes íntimas.

Cumplimiento efectivo

A partir del cambio de calificación, el imputado en caso de ser encontrado culpable le podría corresponder una pena de cumplimiento efectivo. Ello, como consecuencia de que su conducta se adecua a una figura más grave que la considerada por la fiscal Suarez García, quien había considerado que el abuso llevado adelante por el imputado en perjuicio de su nieta, cuando esta contaba con 5 años, hasta los 10 años de edad, en un período de tiempo de 5 años aproximadamente, encuadraba en la figura de “abuso simple”.
Los hechos y denuncia se realizaron en la fiscalía de Rawson, por parte de la madre de la menor, la cual luego ratificó, mediante su testimonio en Cámara Gesell, además de otros elementos de convicción como los informes de la perito psicóloga, que permitió darle la suficiente credibilidad, lo cual se materializó en la acusación fiscal.
En principio, la fiscal general Graciela Suárez García calificó al hecho como “abuso sexual agravado por el vínculo”, con una escala penal de tres meses a diez años de prisión, y por ello pidió una pena no superior a los tres años de prisión.

“Inadecuado encuadre legal”

En otro orden, el fiscal general Omar Rodríguez, al profundizar el análisis del expediente, advirtió la necesidad de producir un nuevo encuadre legal al considerar que el de Suárez García durante la acusación no era el adecuado.
Surgió que, del relato del hecho descripto en la pieza acusatoria, se indicaba que la conducta desplegada por el imputado era más acorde a una figura más grave que el mero tocamiento en sus partes íntimas. El hecho describe que, durante cinco años, entre los 5 y los 10 años de edad, fue víctima por parte de su abuelo de abusos los cuales no solamente se producían tocándola con sus manos sino también con sus partes íntimas sobre la pequeña víctima.
Dicha situación fue ventilada en una audiencia realizada en la Oficina Judicial de Rawson, en la que el fiscal general Rodríguez solicitó un cambio de calificación. Sus argumentos fueron aceptados por el juez Nieto De Biase. La nueva calificación es de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo”, que prevé una pena más severa, de ocho años de mínima a veinte años de pena máxima.
La defensa del imputado, representada por el defensor oficial Damián D’ Antonio, contará con el plazo suficiente para reanalizar el tema y redefinir su estrategia en función del cambio de postura del Ministerio Público Fiscal con la nueva acusación.

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