EL LUNES DEBATIRÁN LA PENA

Declararon culpable de defraudación a la Administración Pública a ex funcionario de Esquel

Finalmente, el juez Martín O’ Connor de Esquel, declaró responsable del delito de Defraudación a la Administración Pública al ex director Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq y el lunes se debatirá la pena a imponer.

Veredicto

Los hechos probados en el juicio ocurrieron en El Maitén entre el 16 de mayo y el 30 de diciembre de 2014. En la lectura del veredicto, el Juez explicó las razones sustanciales que fundamentan su decisión. En primer lugar tuvo por probado que existía una relación de amistad entre Portillo y Lazarte. Esto lo encontró acreditado entre otros elementos, con el dato aportado por testigos que dan cuenta de al menos un viaje de placer que realizaron juntos. Uno de los testigos mencionados es un periodista que prestó testimonio en el juicio sobre la investigación que realizó sobre este tema, para el medio en el que trabajaba. También valoró en este sentido que si bien Lazarte había trabajado con anterioridad realizando obras para Obras Públicas, hacía tiempo que «estaba desaparecido» (en palabras de una testigo), esta situación se revirtió a partir de la gestión Portillo, cuando se incrementaron notablemente las obras que le fueron otorgadas.
La incorporación a la planta de personal de la ex mujer de Lazarte, fue otro de los indicios. No solo porque se tratara de la ex pareja del coimputado, sino fundamentalmente porque previo a esta incorporación, la mujer se desempeñaba como personal administrativo de la empresa de su ex marido y pocas semanas antes hacía trámites en Obras Públicas para esa empresa.
El procedimiento y la actuación de Portillo. O’Connor destacó tres momentos fundamentales de este proceder. Uno de ellos fue la decisión de realizar la contratación de obra pública de pintura exterior y construcción de un galpón en la escuela mediante licitación directa y además llamar únicamente a la empresa de Lazarte. Esto para el juez se debe relacionar con la amistad que tuvo por probada. Otro fue la designación de Cilio para hacer la inspección, ya que había sido otro el técnico que inició el trámite y se conoció en el juicio que varios inspectores decidieron dejar de firmar expedientes. El tercer momento fue el de la firma en el acta de revisión provisoria que daba cuenta de la finalización de la obra.

La participación de Cilio

El tercero de los seis indicios principales de la sentencia, estuvo dado por la declaración de uno de los testigos, un colega de Cilio que le había preguntado a este por qué firmó. Según su testimonio, la respuesta dada por Cilio fue que lo obligaron a firmar porque a Lazarte le debían plata.
La falta del acta que tenía la firma falsa del Director de la Escuela del expediente administrativo, también pesó en contra del imputado. Ese expediente estaba bajo su cuidado, no en la órbita de Lazarte o de Cilio. Si Cilio y Lazarte pergeñaron esta maniobra, como se explicaría que faltara esta acta, si quien tenía el control del expediente era Portillo y no los coimputados.
El empleado que había sido asignado a la garita de ingreso de Obras Públicas, declaró bajo juramento que recibía reclamos sobre obras que no estaban siendo terminadas. Contó demás que encaró a Portillo Delebecq y este le respondió que si tenía pruebas hiciera la respectiva denuncia. «Ya no le podía resultar sorpresivo que una determinada obra no se realice…», señaló el juez.
Por último, el Juez se hizo una pregunta: ¿Sería razonable pensar que Cilio y Lazarte hubieran engañado a Portillo? ¿Sería razonable pensar que Lazarte siendo amigo de Portillo y habiendo recibido de su administración mayor número de obras, lo hubiera engañado? Pero además ¿Cuánto hubiera durado el engaño si Portillo Delebecq no hubiera estado al tanto de la situación? Bastaba con que el Director de la Escuela le reclamara a Portillo por la construcción del galpón.
Por estas razones entendió el Tribunal que los seis indicios son contundentes, unívocos y unidireccionales, en el sentido de la responsabilidad penal del acusado.

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