HABÍAN GOLPEADO FEROZMENTE A LOS INTEGRANTES DE UNA FAMILIA EN 2014

Ratificaron la condena a dos policías por apremios ilegales

La Justicia resolvió ratificar la sentencia condenatoria a dos efectivos policiales de la Policía del Chubut, por “apremios ilegales”.
El hecho en cuestión tuvo lugar durnate la madrugada del 2 de mayo de 2014, momento en el que, en una vivienda ubicada en el cruce de las calles Gaiman y Trevelin, del barrio Inta, los oficiales propinaron una brutal golpiza a miembros de una familia.
Sin embargo, uno de los uniformados recibió tres años de prisión “en suspenso”, mientras que el otro fue condenado a seis meses de prisión, situación que evidencia el leve peso de la Justicia, en ocasiones, frente a brutales actos cometidos por la Policía del Chubut, los cuales no han sido pocos durante la última década.
Según la denuncia inicial, el día en cuestión, cerca de las 23: 30 horas, una persona mayor, junto a sus dos hijos menores, fueron víctimas de un abuso funcional por parte del personal policial, el cual había sido alertado, a través de un llamado telefónico, sobre un grupo de personas que se encontraba, aparentemente, quemando basura y generando un foco ígneo cerca de un nicho de gas y un poste de luz, en el barrio Inta de la localidad de Trelew.
Allí, se hicieron presentes varios patrulleros y miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios, quienes sofocaron las llamas y se retiraron del lugar, momento en el que se generó una gresca entre los policías y quienes allí se encontraban, a quienes los efectivos reclamaron por haber iniciado el fuego.

Conducta impulsiva

Según el comunicado de la Fiscalía de aquél entonces, la conducta “impulsiva e irritada de los efectivos hacia los allí presentes provocó una situación de descontrol cuando uno de ellos descendió raudamente del móvil policial portando en sus manos una escopeta con la que efectuó un disparo al aire con bala anti tumulto”.
En ese momento, el personal interviniente, entre los que se encontraba Sergio Humberto Celi, emprendió a golpes de puño y patadas, e Iván Roldán usó el bastón tonfa para reducir a Rodolfo Arriegada y sus hijos, golpeándolos en distintas partes del cuerpo, además de tirarlos al suelo, colocándolos boca abajo, y luego retirarse a bordo de los móviles policiales.
Momentos más tarde, Raquel Torres, con ayuda de su cuñado, trasladó a su marido e hijos al Hospital Zonal de Trelew “Dr. Adolfo Margara”, donde los facultativos médicos realizaron las pericias, las cuales determinaron heridas de distinta gravedad.

Sentencia impugnada y ratificada

Por su parte, la abogada querellante, Ana Sánchez, sostuvo ante un medio local que “se ratificó en segunda instancia la sentencia condenatoria por parte de la querella de la familia Torres conformada por Raquel, Rodolfo Arraigada y los hijos menores de la familia que habían sufrido apremios ilegales, lesiones graves con pérdidas dentarias, golpes en todas las partes del cuerpo y en la boca”, agregando que “los dos funcionarios policiales fueron condenados a una pena de tres años de suspenso y, el otro, a seis meses en suspenso”.
En otro orden, la letrada precisó que “la categorización de estos delitos fue diferenciada por lo que se pudo probar en la audiencia oral ante el juez José García; él entendió que a uno de ellos se le aplicaría el delito de lesiones graves con abuso por parte de un funcionario policial como agravante, y al otro, por lesiones leves”, reiterando que “la sentencia fue confirmada, había sido impugnada por los defensores Fabián Gabalachis, por parte de la defensa de Iván Roldan, y por Martín Castro, que patrocina a Humberto Celi”.
Sánchez remarcó que “ellos habían planteado la arbitrariedad en la valoración de la prueba, sosteniendo que el juez de la causa no se había guiado por las reglas de la sana crítica, por la experiencia y principios de la lógica. Entendieron que no se había hecho una valoración global de la prueba; valorar la prueba en su conjunto y se había dado preminencia a los testigos que no eran claves en detrimento de otros”.
Un fallo “ejemplificador”
La abogada prosiguió explicando que “el Tribunal de apelación entendió que no era así, que la sentencia era válida, que habían sido condenados con criterios legales y, luego de una calurosa defensa se llegó a la imposición de la pena tal como estaba en la sentencia; fue recurrido por Gabalachis el hecho que su defendido no había sido anoticiado de la inhabilitación policial, la pena accesoria que se agrega”, añadiendo que “desde esta querella, entendimos que es una pena accesoria la inhabilitación en cuanto a la gravedad del delito que se estaba discutiendo en la audiencia, de este modo, lo corroboró la Cámara de Apelaciones en todos sus aspectos”. En cuanto al hecho juzgado, Ana Sánchez relató que “hubo un grupo de policías que intervinieron en la casa del barrio Inta, se registró un ataque violento, injustificado en contra de Rodolfo Arraigada, el padre de los menores, y todos los menores, tres hijos de la familia”.
Sobre este punto, indicó que “ese ataque culminó en el estado de inconsciencia de uno de ellos, la pérdida dentaria de otro de los hijos; también, sufrió una golpiza feroz de patadas y con tonfa el padre de los chicos cuando trata de parar la magnitud de la fuerza policial armada contra una familia totalmente desprotegida, y el hombre, ante la impotencia de ver cómo los golpeaban, intentó defenderlos”.
En este ámbito, puso en valor que la familia se encuentra satisfecha con la sentencia, luego de tres años de ocurrido el hecho: “Tiene la sensación de haber llegado a la concepción de la Justicia; por la inhabilitación para ejercer cargos públicos” y concluyó que “concordamos que como asesora legal de la comisión compartimos este sentimiento que las fuerzas policiales no deberían ejercer sus funciones, nos parece un fallo importante por el modo ejemplificador para el resto de las conductas como estas”.

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