EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO JUSTIFICÓ LA INACTIVIDAD COMERCIAL DE LOS SIETE BUQUES

Ratifican vigencia de la cuota de merluza y los permisos de Alpesca

El Consejo Federal Pesquero aprobó, la semana pasada, una nueva “justificación de inactividad comercial” de la flota de siete barcos que pertenecen a la empresa Alpesca y actualmente se encuentran bajo custodia del estado chubutense. Con el solo voto negativo del representante de la provincia de Buenos Aires, Francisco Di Leva, se procedió a hacer lugar al pedido del representante de Chubut en el CFP, el secretario de Pesca, Adrián Awstin, y se procedió a dar por cumplido el requisito que permite mantener la vigencia de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) y las licencias nacionales de pesca.
Di Leva planteó que dado que el tema había sido incorporado a la agenda a último momento sin posibilidad de mayor análisis, sea tratado en la próxima sesión del CFP, lo cual fue desestimado y la solicitud de justificación fue sometida a análisis por el cuerpo.
Se citaron los antecedentes del caso que están contenidos en el Acta 26 del mes de septiembre de 2016, ocasión en que se adoptó la decisión de prorrogar el plazo fijado para acreditar la justificación de inactividad comercial de los buques Cabo San Sebastián (M.N.022), Cabo Buena Esperanza (M.N 02482), Cabo Dos Bahías (M.N 02483), Cabo Virgenes (M.N. 024), Promarsa I (M.N. 072), Promarsa II (M.N 073), y Promarsa III (M.N. 02096) hasta la fecha del acta.

Expropiación sin avance

Asimismo, se recordó que en diciembre del año pasado el Juzgado Federal de Rawson dictó una sentencia en la que se resolvió: “ordenar con carácter de medida autosatisfactiva, al Consejo Federal Pesquero y al Estado Nacional, Ministerio de Seguridad -Prefectura Naval Argentina- Registro Nacional de Buques- y Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación -Subsecretaría de Pesca-, se reconozca a la Provincia del Chubut el directo y pleno derecho al uso y goce de los buques, permisos y cuotas de captura objeto de ocupación temporánea dispuesta por el decreto provincial Nro. 180/14 y sus sucesivas prórrogas, aunque no posea la titularidad dominial de los mismos, debiendo considerarse a dicha Provincia plenamente legitimada para peticionar ante las autoridades nacionales todos los actos e inscripciones necesarios relacionados con la explotación comercial de dichos bienes (la justificación de la inactividad comercial de los buques; la transferencia de las cuotas de captura, la inscripción de los contratos de locación de buques ante la autoridad de registro, etc), ello con independencia del resultado del proceso expropiatorio en trámite”.
Como se recordará, posteriormente, a instancias del director Nacional de Coordinación Pesquera, Juan Manuel Bosch y el subsecretario de Pesca de la Nación, Tomás Gerpe, se solicitó una aclaratoria al juzgado, que si bien fue rechazada dio una interpretación auténtica de la medida original que despejó “las dudas” de los funcionarios.

Siguen registrados a nombre de Alpesca

En tanto, el 6 de marzo de este año, se presentó nuevamente el Secretario de Pesca de la Provincia de Chubut, Adrián Awstin, ante la DNCP, solicitando la justificación de inactividad comercial de los buques en cuestión, la que según sostiene se revertirá a partir de la firmeza de la sentencia judicial.
Chubut fundamentó el pedido de justificación de la inactividad en el tiempo transcurrido hasta la sentencia y la posterior adquisición de firmeza procesal.
Con todo, los buques conservan la titularidad dominial registralmente en cabeza de Alpesca S.A. y de AP Holding S.A., y los permisos de pesca y las CITC se encuentran también registrados a nombre de dichas sociedades.
El CFP ha reconocido la existencia de un interés legítimo de la Provincia del Chubut para solicitar la justificación de la inactividad comercial de los buques que se encuentran bajo su tenencia o posesión, con motivo de la ocupación temporánea anormal de los mismos (junto con otros bienes).

Legitimada para su uso

El único obstáculo que se advirtió, reiteradamente, fue la necesidad de obtener la autorización o el registro de la PNA (denegado por esta autoridad marítima) que permitiera continuar con la cadena de antecedentes lógico jurídicos que va desde el titular registral al armador de un buque (en los términos de la Ley de la Navegación), sobre el cual se asientan los derechos pesqueros (permisos, cuotas y autorizaciones de captura).
Con la sentencia del fuero federal, la Provincia del Chubut no obtuvo la titularidad registral de los buques, pero sí obtuvo una medida judicial que le permite actuar y peticionar con respecto a los permisos de pesca, las CITC y las autorizaciones de captura de cada uno de aquéllos. De este modo se dio por cumplida la condición establecida por el propio Consejo para conceder justificación de la inactividad comercial de los siete buques. Se trata de cuatro fresqueros de altura y tres congeladores tangoneros. El Cabo Vírgenes y Promarsa I, permanecen abandonados en el puerto de Mar del Plata. Mientras que en Puerto Madryn el único que está a flote es el langostinero Promarsa III, que por razones de operatividad, fue amarrado en el muelle de cruceros; el resto sigue en situación de varamiento al sur del muelle Almirante Storni desde el temporal de abril de 2014.

(Fuente: Revista Puerto)

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