EL JUEZ DANIEL YANGÜELA HIZO LUGAR A UN HABEAS CORPUS PRESENTADO POR LOS INTERNOS

Trasladan a detenidos de una comisaría de Madryn por un desborde cloacal

El juez Horacio Daniel Yangüela resolvió ayer hacer lugar a una presentación realizada por detenidos en la seccional tercera de policía de Puerto Madryn, en virtud de un desborde cloacal en la dependencia, y ordenó el traslado de los alojados a otras comisarías de ciudades de la región, ya que en el resto de las seccionales locales se encontraban con su capacidad completa.
La Seccional Tercera es la ubicada en Juan B. Justo 1.699, en su intersección con la calle Dorrego, y ante el aparente “colapso” del sistema cloacal hizo que los propios internos redactaran, de puño y letra, un recurso de Habeas Corpus, pidiendo una “urgente” solución a la aparente anegación de los sanitarios, así como también del patio interno de la comisaría, el cual según describieron se encuentra “desbordado de residuos cloacales” desde hace unas tres semanas.
Por este motivo, varios de los presos debieron ser trasladados “de urgencia al Hospital, por distintas situaciones, como diarrea, gastroenteritis, vómito, fiebre y dolor de cabeza”, de acuerdo a lo descripto por los internos en la nota, que fue enviada a la Oficina Judicial y recibida por el juez Horacio Daniel Yangüela.
La audiencia de habeas corpus se realizó la mañana del lunes en los Tribunales de Puerto Madryn, donde dos detenidos, en representación de sus compañeros, expusieron la situación acompañados de la defensora pública Luciana Capone.
Para la audiencia fue citado el jefe de la comisaría, Paulo Núñez, y el segundo jefe de la Unidad Regional, Javier Guzmán, quienes explicaron que el problema sería “la válvula de retorno” que está fuera de la comisaría, y que se contrató una empresa para que soluciones el problema.
“La solución va a ser desalojarlos a otro lugar”, indicó el juez Yangüela quien aclaró que no hay lugar en Madryn ni en el centro de detención. Los presos serán trasladados a otras dependencias hasta que se solucione el inconveniente en dicha Seccional.

Tres semanas con baños y patio anegados

La nota, enviada a la “Oficina Judicial – Juez de Turno” el 19 de marzo y elaborada por los internos alojados en dicha dependencia policial, expresa que “nos dirigimos a Ud. con el debido respeto que su persona y cargo merece, con el fin de interponer a nuestro favor un recurso ‘Habeas Corpus’ Ley 23.098 y amparada por la Constitución en sus artículos 3, 4 y 5, también en los párrafos de la Ley de Costa Rica (por el Pacto de San José de Costa Rica), cuyos motivos a continuación detallamos”.
Sobre esta línea, precisaron que “venimos por derecho propio como mejor procede por intermedio de la presente que se arbitren los medios necesarios, a quien corresponda, ya que nos encontramos con un gran ‘agravamiento de nuestras condiciones de detención’”, citando los artículos 144, 406 y 143 del Código Penal, “ya que hace más de tres semanas, aproximadamente, nos encontramos con los baños y patio totalmente anegados y rebalsados de residuos cloacales, lo que no solo no nos permite higienizarnos, sino que está generando una enorme infección en la dependencia y, lo peor, en nuestra persona”.

Carta al juez

En relación a esto último, hicieron referencia a la “integridad física” y aseguraron que “estamos todos intoxicados con esta infección, ya que la mayoría de los que nos encontramos acá hemos tenido que ir de urgencia al Hospital por distintas situaciones, como diarrea, gastroenteritis, vómito, fiebre, dolor de cabeza, etcétera, y los jefes de esta dependencia no dan solución alguna, simplemente se lavan las manos y dicen que es problema de Política Penitenciaria”.
En base a lo expuesto, los internos concluyeron la carta pidiendo “se nos dé una respuesta de forma urgente ya que no podemos seguir viviendo en esta agravada situación, y en su defecto, también solicitamos que se haga presente alguien del Poder Judicial para corroborar lo expresado”.

Bajo el amparo de la Ley

La Ley 23.098, en su artículo tercero, establece que “corresponderá el procedimiento de hábeas corpus cuando se denuncie un acto u omisión de autoridad pública que implique ‘Limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente’ y/o ‘Agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad sin perjuicio de las facultades propias del juez del proceso si la hubiere”.
Por otra parte, considera que “cuando sea limitada la libertad de una persona en virtud de la declaración prevista en el artículo 23 de la Constitución Nacional, el procedimiento de hábeas corpus podrá tender a comprobar, en el caso concreto: ‘la legitimidad de la declaración del estado de sitio’; ‘la correlación entre la orden de privación de la libertad y la situación que dio origen a la declaración del estado de sitio’; ‘la agravación ilegitima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad que en ningún caso podrá hacerse efectiva en establecimientos destinados a la ejecución de penas’ y ‘el efectivo ejercicio del derecho de opción previsto en la última parte del artículo 23 de la Constitución Nacional”.

Hace un año, el mismo problema

En abril de 2016, una situación similar tuvo lugar en Puerto Madryn; precisamente el 17 de marzo, casi un año atrás, cuando se llevó a cabo una inspección en las comisarías Primera, Segunda y Tercera de la ciudad, cuyo resultado apuntaba a la necesidad urgente de revertir las alarmantes condiciones edilicias y de infraestructura en la que dichas dependencias policiales se encontraban.
Las tareas habían respondido a un informe elevado por la Oficina de Asistencia de las Personas Privadas de la Libertad de la ciudad de Puerto Madryn a la Defensora Jefe del Ministerio de la Defensa Pública, Gladys del Balzo.
La inspección fue realizada por el juez Yangüela, y las doctoras Gladys Del Balzo y Luciana Capone, esta última Abogada del Ministerio de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial de Puerto Madryn, quienes posteriormente elaboraron una acción de “Habeas Corpus Colectivo – Correctivo”, en representación de todos los internos que detenidos en dichos establecimientos, y dirigida a la Jefatura de la Policía Provincial, así como también al Ministerio de Gobierno del Chubut, a fines de a resolver la situación edilicia en cuestión.
Días más tarde, se llevó a cabo una audiencia en los Tribunales, encabezada por el juez y a la cual concurrieron las doctoras Del Balzo y Capone, a la vez que se hicieron presentes el entonces Comisario Inspector Paulo Heredia, del área de Políticas Penitenciarias y la Asesoría Letrada de la Jefatura Policial. Tras repasar lo expresado en el Habeas Corpus y escuchar las diferentes partes, Yangüela dispuso un plazo de 72 horas hábiles para que se realicen las refacciones necesarias en dichas comisarías, a la vez que recordó que en las mismas existen severas “incoherencias en cuanto a la seguridad”, algo que según se constató tiempo después, fue resuelto.

La “Tercera” es la vencida

En dicha ocasión, si bien las cloacas no eran el inconveniente, se constató en la inspección que el “sector de ducha” de la Comisaría Tercera, “no posee agua caliente en la ducha ni grifería adecuada, que tampoco posee el suministro de agua caliente en el lavatorio” y que “el estado de conservación y limpieza es regular, atento el deficiente estado de mantenimiento de la pintura de las paredes y en cuanto a la iluminación, no existe iluminación artificial”; a la vez que mencionaban que en dicho establecimiento el sistema de calefacción estaba averiado “hace varios meses”.

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