BENEFICIARÁNA CONTRIBUYENTES QUE SALDEN SUS DEUDAS HASTA EL 30 DE MARZO

La Tarifaria 2017 contempla aumentos entre el 40 y el 55 por ciento

1Acompañada por la mayoría de los bloques, la aprobación de la Ordenanza Tarifaria para el año próximo evidenció, a partir de la inflación contemplada por el Ejecutivo Municipal, del orden del 44 por ciento, la necesidad por parte del Municipio de incrementar el nivel de recaudación.
Ese último indicador se ubicó en el orden del 38 por ciento para este año; es decir que, concretamente, poco más de un tercio de los contribuyentes pagan sus impuestos, mientras que el restante 62 por ciento no lo hace, algo que deja en claro el impacto que ello provoca en el erario público.
Recientemente, varios ediles se pronunciaron respecto del Presupuesto y la Tarifaria 2017, y pese a la diferencia de signos políticos, como en el caso del Frente para la Victoria respecto del oficialismo de Chubut Somos Todos, coincidieron en que el mejor escenario para el Municipio durante el próximo año será contar con los recursos monetarios suficientes para hacer frente a las demandas de las distintas áreas que lo integran.
En concreto y a partir de su aprobación, la Tarifaria del próximo año estará regida por el estimativo inflacionario de un 44 por ciento, al igual que el Presupuesto, con lo que se verán afectados varios aspectos referentes, por ejemplo, al Impuesto Inmobiliario, el monto de las infracciones de tránsito y la valuación tanto de automotores como así también, la valuación fiscal de viviendas, entre otros ítems.
En otro contexto, desde el Municipio buscarán beneficiar a aquellos contribuyentes que opten por saldar la totalidad de su deuda antes del 30 de marzo, con un descuento de hasta el 30 por ciento en la misma, a la vez que también incrementarán las multas para aquellos comercios que se encuentren en infracción a la Ordenanza 6729, que establece la obligación de emitir tickets y comprobantes que respalden las operaciones comerciales realizadas.
Dichas multas tendrán valores que oscilarán entre los 20 mil y los 45 mil pesos, aproximadamente, a la vez que considerarán sancionar, también, con diez hasta 30 días de clausura a los comercios infractores.

Cómo se modificarán los Módulos

2Primeramente, se incrementarán los valores de los Módulos bajo los cuales se rige la Tarifaria; por ejemplo, entre enero y abril, los módulos A tendrán un costo de 4,05 pesos, los B de 8,58 pesos y los IB, de 54 pesos, cifras que se incrementaron teniendo en cuenta los valores de 2016, de 3,38 pesos, 7,15 pesos y 45 pesos para A, B y IB.
De mayo al mes de agosto, el valor de los módulos A se incrementará a 4,86 pesos, mientras que el B costará 10,29 pesos y el IB, 64,80 pesos.

Cuánto costará obtener la licencia de conducir

Finalmente, de septiembre a diciembre, los valores establecidos, incremento mediante, serán de 5,58 pesos, 11,83 pesos y 74,52 pesos para los módulos A, B y IB, respectivamente.
También, la obtención de la licencia para conducir sufrirá incrementos del orden de poco más del 40 por ciento. Po ejemplo, en lo que respecta a la “Licencia para la conducción de Motovehículos”, el Carnet A1 (hasta 50cc) costará 110 módulos A (445,5 pesos hasta mayo), un 39 por ciento más que los 80 módulos A durante 2016. Además, la renovación costará 85 módulos A, un 40 por ciento más considerando que hasta diciembre de este año, costará 60 módulos de dicha categoría.
El Carnet A2, que comprende vehículos hasta 150cc, pasará de costar 90 módulos A en 2016 a 125 el próximo año, a la vez que renovarlo tendrá un costo de 100 módulos A en comparación con los 70 de este año; es decir, se incrementarán en un 40 por ciento para ambos casos.
Para vehículos clase “A 2.2”, hasta 300cc, la licencia tendrá un costo de 140 módulos A y 110 para la renovación, lo cual refiere un aumento del 39 por ciento frente a los 100 y 80 módulos A establecidos para el curso de este año.
Los vehículos de más de 300cc, contemplados en el Carnet A3, tendrán un valor de 160 módulos A para la obtención de la licencia y 110 para la renovación, mientras que dichos valores se ubicaron en 120 y 80 módulos, respectivamente, para el 2016; registrando una suba del 41 por ciento.
Finalmente, los motovehículos Clase A4, que corresponden a los de “servicio de mensajería”, tendrán valores de 210 módulos A para la licencia y 130 para la renovación, aumentando un 45 por ciento de los 150 y 90 módulos para obtención y renovación, establecidos para este año.

Casas rodantes, utilitarios y “0 KM”

Para los vehículos Clase B, es decir automóviles utilitarios, camionetas y casas rodantes motorizadas hasta 3500 kilogramos de peso total, la licencia tendrá un costo de 160 módulos A, mientras que la renovación alcanzará los 110 módulos A, superando los 120 y 80, respectivamente, determinados para 2016.
En el caso de los rodados cero kilómetro, por cada inscripción inicial, los automotores tendrán un costo de 150 módulos A, mientras que las motocicletas tendrán un valor para la licencia de 100 módulos. Dichas categorías se ubicaron, durante este año, en 90 y 60 módulos A, cada una.
En este sentido, la Ordenanza Tarifaria indica, en uno de sus artículos, que “en caso de automotores adquiridos en remates municipales y/u oficiales, se tomará como fecha cierta a los efectos de aplicación de las tasas de patentamiento, las de Inscripción en el Registro Nacional del Automotor, Seccional Puerto Madryn”.

El metro cuadrado aumentará más del 55%

En cuanto al “Valor Unitario Básico de la Edificación por metro cuadrado”, la Ordenanza Tarifaria, que regirá desde el primero de enero de 2017, diferencia entre cuatro categorías.
Por un lado, la “Vivienda Unifamiliar”, cuyo metro cuadrado actualmente se ubica en los 496,8 pesos, pasará a valer 775 pesos, es decir, un 55,99 por ciento más.
A su vez, la “Vivienda Colectiva” pasará a costar, el metro cuadrado, de 372,60 pesos a 581,85 pesos; concretamente, con un 55,99 por ciento de aumento.
Para la “Vivienda Colectiva de Uso no Habitacional”, el metro cuadrado pasará de los 446,20 pesos a los 696,07 pesos, mientras que para las “Industrias”, dichos valores aumentarán de 331,20 pesos para 2016, a 516,67 a partir de enero, casi un 56 por ciento más.

Importantes multas a comercios infractores

En otro orden, la Tarifaria indica los nuevos montos de las “Multas por Infracciones a la Ordenanza 6729 sobre Emisión de Comprobantes de Venta”.
La misma, que data de 2008, establece sanciones para los comercios que no emitan comprobantes respaldatorios “de ventas y/o servicios equivalentes”, quienes no posean los talonarios de facturación, que emitan comprobantes en domicilios diferentes al fiscal (conforme al artículo 35 del Código Tributario), retengan la factura o ticket al cliente, modalidad de pago y expedición, y quienes se nieguen “a presentar o entregar la documentación respaldatoria de ventas y/o servicios, a los inspectores actuantes”.
En orden de gravedad, la primera Infracción revestirá una multa de 850 módulos B, es decir unos 7293 pesos; mientras que la segunda Infracción comprenderá una Multa de 1600 Módulos B y clausura por 10 días, a la vez que “en caso de no poseer espacio físico, la multa será de 2700 Módulos B”, concretamente poco más de 23 mil pesos.
La tercera Infracción comprenderá una Multa de 2200 Módulos B y clausura por el término de treinta días, y “en caso de no poseer espacio físico, la multa será de 5 mil módulos B”; unos 42900 pesos.

Beneficios por pago anticipado hasta marzo

Por otra parte, la Tarifaria establece, en uno de sus artículos, que “se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar un descuento de hasta el 100 por ciento sobre los recargos emergentes por deudas en las Obligaciones Tributarias de los contribuyentes, por la cancelación total de la deuda” y que “fíjese en un 15 por ciento de la deuda el monto a cobrar en concepto de gastos administrativos correspondientes a los cobros judiciales que se efectúen en acuerdos extrajudiciales”.
También, señala que “a los fines de la aplicación del Artículo 158 del Código Tributario, establécese un monto máximo de dos salarios, más el adicional por zona de la Categoría 1 del escalafón del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales, el ingreso total del jubilado o pensionado y su grupo familiar en el momento de solicitar la eximición”.
Además, el documento establece que “es facultad del Ejecutivo Municipal otorgar descuentos de hasta el 30 por ciento a los contribuyentes que abonen la totalidad del período fiscal hasta el 30 de marzo de cada año, en las condiciones que el mismo establezca”.

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