PRESENTARON EL PROYECTO EN LA LEGISLATURA PROVINCIAL

Quieren agregar la figura de ciber acoso y grooming a la ley de protección de la niñez

Los diputados María Florencia Papaiani, Javier Cunha y Javier Espinosa del bloque PJ-FPV y Manuel Pagliaroni del bloque UCR-Cambiemos presentaron en la Legislatura Provincial una propuesta para modificar la Ley III Nº 42 de de protección integral de la niñez, la adolescencia y la familia a fin de ampliar el espectro e integrar los conceptos de “Ciber Acoso” y el “Grooming” en el marco de la prevención y atención de este tipo de situaciones complejas contemporáneas.

Ciber acoso y grooming

Los legisladores, en la presentación, expresaron: “Atento la problemática planteada y el distinto enfoque que debe tenerse para el Ciber acoso y el Grooming es que entendemos resulta imprescindible la implementación del programa que apunte a combatir ambas cuestiones”.
Y propusieron modificar el Artículo 2º, entendiendo por “Ciber Acoso” a las amenazas, hostigamiento, humillación u otro tipo de molestias realizadas por una persona, ya sea menor o adulta, contra otra persona, menor o adulta, por medio de tecnologías informáticas de comunicación o transferencia de datos, y al “Grooming” como el conjunto de estrategias, conductas o acciones que una persona adulta desarrolla para ganarse la confianza de un menor de edad, a través de cualquier medio de transferencia de datos, con el fin último de obtener concesiones de índole sexual.

Fundamentos

Entre los fundamentos que presentaron los diputados consideran que el Estado provincial reconoce explícitamente los principios, garantías, derechos y obligaciones de los ciudadanos de la Provincia del Chubut contenidos en la Constitución Provincial: “Entendiendo como parte fundamental en esta sociedad de la información, que tanto el principio de no discriminación de las comunicaciones electrónicas ni en el desarrollo de menores en el ámbito virtual, como el de equivalencia funcional y de neutralidad de la red debe ser observado en la sanción de ésta y de nuevas leyes futuras”.
Agregando que en este marco “la virtualidad se presenta como una creciente e importante dimensión de la realidad cotidiana en el ámbito educativo y social en general. Muchas de las regulaciones que se implementan relativas a la tecnología, Internet y la informática terminan afectando al usuario común, y aùnmàs a los estudiantes, quienes no tienen posibilidades reales de debatir las mismas por circunstancias ajenas a su voluntad. Sumado a esto los avances tecnológicos siguen creando nuevas formas y modos de comunicación y desde el sistema educativo se carecen de las herramientas necesarias para acompañar los procesos de aprendizaje de los estudiantes”.
Por otra parte, también destacaron que el acoso u hostigamiento es una de las tantas formas de expresión que puede asumir la violencia entre pares en la escuela, “cuando el acoso se realiza en el espacio virtual (a través de redes sociales o teléfonos celulares) nos referimos a ciber acoso. Pueden ser algunos ejemplos: hacer circular rumores, difundir fotos compremetedoras, distribuir correos electrónicos ofensivos, abrirse un perfil en Facebook usurpando la identidad de otro; subir a Internet filmaciones o fotos de situaciones de humillación, enviar mensajes amenazantes por correos electrónicos o mensajes de texto por celular, alentar a no concurrir al cumpleaños, entre otros”, afirmaron, agregando: “Muchos de los conflictos que se inician en la escuela se prolongan en el espacio virtual, con la altísima capacidad de repercusión que este posibilita, como así también muchos conflictos que tienen lugar en la escuela tienen su inicio en las redes sociales. Además de ser ésta una problemática inédita para los adultos en las escuelas, cabe señalar que los vínculos entre pares en Internet o por los medios telemáticos, se encuentran mucho más lejos aún de la posibilidad de intermediación por parte de los docentes”.

ÚLTIMAS NOTICIAS