Los veteranos de Malvinas podrán acceder a la jubilación anticipada

El Senado aprobó por unanimidad el proyecto que se convirtió en ley, por el cual se establece un régimen previsional especial y “de carácter excepcional” para los ex soldados combatientes de la Guerra de Malvinas. La iniciativa fue aprobada por unanimidad con 58 votos afirmativos, por lo que la Cámara alta aprobó la ley del nuevo régimen previsional especial para los ex soldados combatientes de Malvinas
En el proyecto se establece un régimen previsional especial y de carácter excepcional para “los ciudadanos que cumplan con la condición de Ex Soldado Conscripto Combatiente de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hubieren participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M) o hubieren entrado en efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.)”.
También se extiende a “los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio o apoyo en los lugares, circunstancias y entre las fechas antes mencionadas”.
La ley dispone que los beneficiarios tendrán que “acreditar la condición de ex soldado conscripto combatiente y/o civil, mediante la certificación establecida en el artículo 1° del Decreto N° 2634/90, actualizada al momento de solicitar el beneficio donde deberá constar fehacientemente las condiciones anteriormente mencionadas” y “haber cumplido cuarenta y ocho (48) años de edad al momento de solicitar el beneficio”.
También, dispone que “el haber de la prestación será lo que surja de la suma promedio total de la remuneración de los últimos 12 meses menos los descuentos de los valores efectuados en concepto de Aportes Previsionales, INSSJyP, Obra Social y Ansal” y que “en ningún caso el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos (2) jubilaciones mínimas del Sistema Integrado Previsional Argentino”.

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