“AUMENTA DESMEDIDAMENTE EL COSTO DEL ACCESO A LA JUSTICIA”, DENUNCIARON

Abogados de Madryn critican el proyecto para aumentar las Tasas de Justicia en la Provincia

23En agosto del año pasado, un proyecto de ley fue enviado por el Superior Tribunal de Justicia a la Legislatura, a partir del cual se promovía la “sustancial” modificación del régimen vigente en cuanto al pago de las Tasas de Justicia en el Chubut.
En este contexto, desde el Colegio de Abogados de Puerto Madryn señalaron que, con dicha iniciativa, “el Alto Tribunal ha excedido visible y manifiestamente la atribución que le acuerda el artículo 176 de la Constitución Provincial, que solo y únicamente le permite coparticipar en la actividad legislativa en lo referente a la organización y el procedimientos judiciales, y en lo que hace al funcionamiento de los servicios conexos a la Justicia”, además de advertir que “el exceso supera lo meramente formal, por cuanto roza la división de poderes y el sistema de incumbencias previsto en la Constitución Provincial” y que, “sin perjuicio de lo antedicho y entrando en el análisis del proyecto, advertimos que con el mismo se pretende elevar considerable y drásticamente las tasas judiciales, lo que significa, en concreto, aumentar desmedidamente el costo del acceso a la Justicia”.

Presunto conflicto con Tratados Internacionales

La institución que representa a una gran porción de los abogados de la ciudad costera consideró que el “encarecimiento” del servicio de Justicia “deviene inentendible a la luz de lo establecido en el Artículo 5 de la Constitución Nacional, en el que se garantiza a las Provincias ‘el goce y ejercicio de sus instituciones’, en la medida en que aseguren la administración de Justicia, el régimen municipal y la educación, pues de dicho principio se desprende sin duda que el servicio de Justicia constituye un servicio público esencial y básico que se debe prestar y asegurar a la comunidad”.

“El proyecto de Ley enviado en de 2015 a la Legislatura de la Provincia, resulta irrazonable, inconveniente, inoportuno”, manifestaron desde la institución presidida por Patricio Castillo Meisen.

Sobre esta línea, manifestaron que “el fuerte encarecimiento del servicio de Justicia proyectado, no se compadece con esa premisa, por cuanto pone en riesgo el acceso a la Justicia, al menos para los desposeídos y los que carecen de medios para afrontar el pago de altas tasas, que tornan ilusorio aquél”.
Consecuentemente, “la iniciativa del Superior Tribunal no se ajusta a lo establecido en los Pactos internacionales vigentes en nuestro derecho positivo, con raigambre constitucional, por imperio del artículo 75, inciso 22 de la Ley Fundamental, entre los que cabe destacar la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que en su artículo 82 consagra el derecho que le asiste a toda persona de acceder a la Justicia en defensa de sus derechos y legítimos intereses”, esgrimieron desde el Colegio de Abogados de Madryn.

Responsabilidad del Estado en el acceso a la Justicia

En otro orden, argumentaron que “a mayor abundamiento, la iniciativa deviene inoportuna, inconveniente y hasta muy poco razonable, en momentos en que la carga Impositiva que pesa sobre los argentinos ha llegado a limites virtualmente insoportables, como lo ha reconocido el mismo Presidente de la Nación y es destacado desde todos los ámbitos, sin distinciones ideológicas ni partidarias”, agregando que “debe entenderse que el servicio de Justicia es una carga ineludible e insoslayable que debe asumir el Estado, puesto que, junto a la educación, la salud y la seguridad, constituye el pilar básico de una sociedad democrática y republicana, y es el corazón mismo del Estado de Derecho en el que todos pretendemos vivir; el que nos ocupa intenta modificar sustancialmente el principio Imperante e proceso judicial en lo relativo al pago de las costas, haciéndole partícipe de las mismas al que triunfe en las contiendas judiciales, pues contempla expresamente que si el perdidoso no está en condiciones de afrontarlas, aquéllas caerán sobre la parte ganadora”.
En este ámbito, la Iniciativa, según el Colegio, “pretende innovar sustancialmente en materia procesal, alterando en profundidad el principio que las costas deben ser soportadas por quien ha litigado sin razón suficiente, que impera en el Derecho Procesal Argentino y que proviene de sus antecedentes, la legislación hispana y el Derecho Romano”, a la vez que fundamentaron que “la iniciativa avanza aún más, en su inequívoca voracidad por el cobro de las tasas, pues llega a establecer que, si las partes resultaren insolventes o eludiesen el pago de las tasas, se deberán hacer cargo de las mismas los abogados y/o lo demás profesionales intervinientes en los litigios, que no podrán percibir sus honorarios hasta que sean pagadas íntegramente las tasas”.

“Desde el STJ priorizan el cobro de un servicio”

Otra de las críticas hacia el proyecto, cuyo tratamiento en el seno de la Legislatura provincial podría tener lugar antes de fin de año, radicó en que “semejante intento de hacer que carguen con las costas los letrados y/o peritos, implica un avance ilegítimo sobre el sustento de los profesionales del derecho, cuyos honorarios revisten carácter y naturaleza alimentaria, tal como lo ha reconocido la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, a la vez que añadieron que “no se puede silenciar que la iniciativa, que privilegia la percepción de las tasas por sobre la administración de Justicia, deja al descubierto el hecho de que, desde el Alto Tribunal, se prioriza desmedidamente el cobro de un servicio, que desde la sociedad se advierte como deficiente, lento y altamente criticable” y que “es objetable la autorización genérica e imprecisa que conlleva el proyecto para que el Superior Tribunal de Justicia arancele servicios propios y naturales del Poder Judicial, lo que bien puede llevarnos a una suerte de virtual y/o parcial privatización de la Administración de Justicia, en desmedro de la gratuidad que impone y garantiza el sistema republicano”.
También, sostuvieron que “la política impositiva debe ser univoca, y corresponde su fijación al Gobierno Provincial, entendiendo por tal al conjunto de los Poderes, como fue establecida en su momento al dictarse el Código Fiscal del Chubut, por cuanto no es razonable, adecuado ni conveniente que cada uno de los Poderes haga sus propias determinaciones, dado que ello significaría en los hechos, u. parcialización de la política fiscal que atentaría contra la unidad, la coherencia y la eficacia”, añadiendo que, “sin perjuicio de la plena vigencia de dichos principios, la política fiscal debe ser única y debe sujetarse en todos los casos a la efectiva prestación de los servicios esenciales y básicos, salud, Justicia, educación, seguridad, en forma gratuita o al menos accesible para todos los habitantes del Chubut” y remarcando que “por lo antes expresado, los trascendentes motivos de derecho aducidos, corno también la prudencia y la razonabilidad invocadas, que no pueden escapar al criterio de los señores legisladores, resulta inadmisible la iniciativa del Alto Tribunal”.

Califican al proyecto de “irrazonable e inoportuno”

En dicho contexto, desde el Colegio de Abogados esgrimieron una postura crítica “al Superior Tribunal de Justicia en su actual composición, y a las Comisiones de la Honorable Legislatura, que han tenido participación en el estudio del proyecto, por lo que, habiendo cumplido así con nuestro primer deber, es menester que ahora hagamos pública nuestra posición, en cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 4558, hoy Ley XIII 11”, agregando que “nos es insoslayable hacer llegar nuestro análisis crítico a los todos los Poderes que integran el Gobierno de la Provincia y a la sociedad, por imperio de las obligaciones que nos impone el plexo normativo antes indicado, entre las que están la de asegurar el libre acceso a la justicia, el derecho de defensa, el ejercicio de la abogacía, la contribución al mejoramiento de la administración de justicia y la de colaborar con los poderes públicos en la elaboración de la legislación”.
Por tal motivo, la institución expresó que “el proyecto de ley enviado por el Superior Tribunal de Justicia del Chubut en agosto del año 2015 a la Honorable Legislatura de la Provincia, resulta irrazonable, inconveniente, inoportuno y esencialmente no ajustado a derecho”, sumado a ello que “por lo tanto, y en consecuencia, la iniciativa debe ser desechada de inmediato y así lo deben aconsejar las Comisiones que lo tienen en estudio en sus dictámenes al pleno, en el seno de la Cámara de Diputados” y concluyendo con la manifestación de “comunicar este pronunciamiento d la Honorable Legislatura, al Poder Ejecutivo y al Superior Tribunal de Justicia, haciendo saber el mismo a la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), en la que nuestros Colegios están federados, poniéndolo a su vez en conocimiento de los justiciables y los habitantes todos de la Provincia, destinatarios últimos de nuestros esfuerzos corno custodios del Estado de Derecho y colaboradores de la Justicia”.

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