LA PROCURACIÓN INSTA A INVESTIGAR ‘CON PERSPECTIVA DE GENERO’

Establecen protocolo para atender casos de violencia contra la mujer

1Una serie de instrucciones fue difundida por la Procuración General de Chubut, en virtud de protocolizar la intervención en los casos de violencia de género. Dichas normas internas responden a los compromisos asumidos por nuestro país y por la Provincia, en línea con la “Convención de Belem do Pará”, entendiendo a la violencia contra la mujer como constitutiva de una violación de los derechos humanos.
Actualmente, la violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión, y va más allá de los hechos violentos que calzan en el molde de los tipos establecidos por el Código Penal; estos últimos casos son los que llegan al tratamiento de la Fiscalía.
El pasado miércoles 20 de octubre, la ciudad de Puerto Madryn fue una de las tantas en plegarse a la consigna “Vivas nos queremos”, en virtud del paro nacional de mujeres convocado por el colectivo “Ni Una Menos”, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con réplicas en miles de plazas a lo largo y ancho del país.
El punto de encuentro fue la Plaza San Martín, que congregó a cientos de mujeres alrededor de las 17 horas, además de que previamente, entre las 13 y las 14 horas, tuvo lugar el Primer Paro Nacional de Mujeres.
Participaron de la manifestación distintas asociaciones apuntadas a cuestiones de género y gremios, bajo consignas como “Ni muertas, ni oprimidas. Libres y vivas”.
También, estuvo presente la Cátedra de Género Abierta de la Universidad Nacional de la Patagonia, donde emitieron un comunicado previo a la convocatoria y remarcaron que “volvemos a marchar para seguir reclamándonos vivas, para seguir construyendo una vida en libertad, para demostrar que somos un montón y no tenemos miedo, para seguir visibilizando que nos faltan derechos pero los ganaremos en las calles, en las plazas y en las rutas”.

Contra la violencia familiar

Desde enero de 2014, el Ministerio Público Fiscal cuenta con una instrucción específica emitida por la Procuración General y surgida del continuado trabajo del Consejo de Fiscales.
En este sentido, la Instrucción 01 de dicho año estandarizó la recepción de denuncias y permitió llevar adelante una investigación penal que contempla las particularidades específicas estos delitos, permite alcanzar algún tipo de respuesta apropiada y da cumplimiento a la Ley XV 12 de la Provincia; el protocolo de intervención facilita la evaluación de niveles de riesgo, expectativas de la víctima y disposición a participar del proceso penal, administración de medidas de protección y mejora en la calidad de la investigación.
A los fines de la aplicación del protocolo, se considera violencia familiar a “toda conducta, acción u omisión, tipificada por el Código Penal, de un miembro del grupo familiar contra otro integrante del mismo grupo que afecte la dignidad, integridad física, psíquica, sexual y/o la libertad, independientemente del espacio físico donde está ocurra” y se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

Evasión judicial y hostigamiento

La gran mayoría de las situaciones de violencia familiar que ingresan al sistema penal tienen como damnificada a la mujer, aunque no siempre es así, según remarcaron desde el Ministerio Público Fiscal.
En este contexto, la investigación con perspectiva de género implica no hacer acuerdos ni propiciar medidas conciliatorias, no propiciar ni implementar entrevistas conjuntas entre víctima y agresor/ra, no enviar citación al agresor/ra con la víctima y no recomendar terapias a realizar en forma conjunta por víctima y agresor o agresora.
A su vez, a través de la Directiva 04 de este año, dirigida a los fiscales y funcionarios contiene, “se buscó impartir desde la Procuración un claro mensaje respecto de las situaciones de violencia familiar o de género”, indicando que “el quebrantamiento de una medida de protección no es una conducta tolerada por la administración de Justicia” y que “cada vez que un infractor a una medida de protección dispuesta por un juez, sea aprehendido en flagrancia, deberá mantenerse detenido hasta la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación por el delito de desobediencia; en todos estos casos debe actuarse según la Instrucción 1/14, un protocolo para casos de violencia familiar, intrafamiliar o doméstica”.
Sobre esta línea, se destacó que “los agresores en los casos de violencia familiar o de género, utilizan los incumplimientos a las medidas dictadas por la Justicia, como forma de hostigamiento; esta actitud tiene efectos devastadores para la víctima y la impunidad los empodera”.

Colaboración internacional

En el marco de la “Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur”, celebrada dos años atrás, distintos fiscales elaboraron un plan de trabajo apuntado a coordinar la Red Iberoamericana de Fiscales Especializados contra la Trata de Personas.
En este contexto, indicaron que “cuando un fiscal tenga un caso que involucre trata internacional o víctimas de otro país miembro de la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional (IberRed), o autores o vínculos de cualquier especie entre una organización dedicada a la trata con otros países miembros de la IberRed, pueda someter el caso a análisis de los otros fiscales, especialmente de los países involucrados en el caso, ello, aún cuando todavía no tenga una medida específica para hacer un requerimiento de colaboración internacional, sino justamente para permitir que el fiscal del país interesado pueda contarle alternativas u opciones para obtener información para la investigación, para la asistencia de las víctimas” y que “todo ello permitirá que luego se efectúen mejores y más eficaces solicitudes de colaboración”.
Además, expresaron que “aún cuando el caso no involucre vínculos internacionales, que los fiscales puedan someter a análisis y discusión casos difíciles o problemas de interpretación, de modo de enriquecer las decisiones de ese caso concreto con los puntos de vista de otros fiscales también experimentados en la materia”.
Por otra parte, propusieron la implementación de la Red Iberoamericana de Fiscales Especializados Contra la Trata de Seres Humanos, “que actualmente funciona como una red externa de la IberRed, se reconfigure como una red interna” y “esto implica que la Secretaría administrativa quedaría a cargo del funcionamiento en los aspectos técnicos y se evitaría la duplicación del sistema de comunicación, pero se promoverá que la Coordinación y los puntos de contacto especializados en Trata de Personas sigan funcionando como una opción diferenciada para los intercambios de información y colaboración que se realizan a través de IberRed”.
También, plantearon que “su funcionamiento como red externa genera inconvenientes logísticos y prácticos y, dada su menor visibilidad en el sistema, en la práctica las consultas por casos de trata terminan siendo realizados a través de puntos de contacto de la IberRed tradicional”.

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