QUEDO APROBADO POR LA MAYORIA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Se amplió el plazo de publicación para los adjudicatarios de viviendas del IPV

Viviendas IPV Casas OF 28-06-2011Quedo aprobado por mayoría un proyecto de ley presentado por los diputados del PJ-FpV, Sergio Bruscoli y Alfredo Di Filippo para que se difunda en los medios gráficos la nómina de los adjudicatarios de viviendas del IPV. Se deberán detallar los postulantes titulares equivalentes al cien por ciento de las viviendas a adjudicar y la nómina adicional de postulantes equivalentes al veinte por ciento (20%) de las viviendas a adjudicar que tendrán el carácter de eventuales reemplazantes de los titulares. Las mismas deberán ser publicados obligatoriamente por el término de cinco días corridos en el Boletín Oficial de la Provincia y, también de forma obligatoria, en el o los diarios de mayor circulación del lugar en donde se realice la adjudicación de viviendas, todo ello a los efectos de que cualquier persona pueda ejercer sus derechos, acreditar un mejor derecho y/o efectuar las impugnaciones que correspondan.
En sus fundamentos expresan que visto el Decreto N° 169/2016, el cual establece el procedimiento de selección de postulantes y adjudicación de viviendas ejecutadas y/o financiadas a través del Instituto Provincial de la Vivienda y desarrollo urbano, resulta necesario dotarlo de mayor precisión, claridad y transparencia por lo tanto se propone ampliar la forma y plazo de publicación previsto en el decreto dotando así de mayores garantías al proceso de selección.
Las listas deberán contener identificación del titular inscripto: nombre, apellido y documento nacional de identidad del mismo. Domicilio actualizado y puntaje total obtenido.
Los listados también deberán ser expuestos en la Sede Central del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, su sitio Web, sus respectivas Delegaciones Zonales, Sedes Municipales o Comunales de las localidades asiento del complejo habitacional a adjudicar.

Impugnaciones

Según establece el proyecto de ley, las impugnaciones deberán ser presentadas dentro de cinco días hábiles contados desde la última publicación y las mismas serán resueltas en un plazo de cinco días hábiles. Vencido el plazo para realizar impugnaciones o, en su caso, resueltas las mismas, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano deberá notificar inmediatamente a los postulantes sobre su condición de adjudicatarios, asignar las viviendas mediante sorteo público en presencia de estos, emitir el acto administrativo de adjudicación y determinar la fecha de entrega de las unidades habitacional.

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