La Justicia ordena a Perú entregar gratis la ‘píldora del día después’

El Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada este lunes una medida cautelar que ordena al Estado la distribución provisional en forma gratuita en centros de salud de la anticoncepción oral de emergencia (AOE), es decir, las píldoras de levonorgestrel, que desde 2009 fueron prohibidas por el Tribunal Constitucional en el sistema público, aunque sí permitió su comercialización en farmacias, creando una barrera económica para las mujeres pobres.
La sentencia de 2009 del Constitucional indicó que había una “duda razonable respecto a la forma en la que actúa el AOE sobre el endometrio y su posible efecto antimplantatorio, lo que afectaría fatalmente al concebido en la continuación de su proceso vital”, y añadió que “si a futuro se llegaba al consenso de la inocuidad del levonorgestrel para el concebido, evidentemente tendría que cambiarse de posición”.
La medida cautelar aceptada el lunes fue una acción de amparo presentada por la ciudadana Violeta Gómez y la organización Promsex, quienes en 2014 demandaron al Ministerio de Salud ante un juzgado constitucional para que revirtiera la sentencia del Tribunal Constitucional, dadas las evidencias de que el componente del fármaco no era abortivo –citando a la Organización Mundial de la Salud–, y la vulneración del derecho a la igualdad.
La medida cautelar plantea al Ministerio de Salud un plazo de 30 días para que distribuya el levonogestrel en todos los centros de salud
La demanda de 2014 fue rechazada, pero tras la apelación, la Sala Civil de la Corte Superior de Lima la admitió y llevó la cuestión al Primer Juzgado Constitucional. Ante la demora en emitir un fallo, Gómez y Promsex plantearon una medida cautelar, que ha sido declarada fundada.

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