El Gobierno envió los tres vetos a la Legislatura
Ingresaron ayer a la Legislatura Provincial los tres vetos que envió el gobernador Mario Das Neves sobre las leyes de ética pública, el presupuesto de la Legislatura y la ley que reformó la emergencia económica.
El decreto 397 veta completamente la ley de ética pública, en tal sentido el Fiscal de Estado Martínez Zapata expresa en sus fundamentos que es “excesivo, irrazonable y violatorio de las garantías constitucionales alcanzando a personas que fueron designadas lícitamente bajo una normativa que no invalidaba su designación o no generaba inhabilidad para ocupar el cargo y enervando una afectación en la consolidación de la relación jurídica, donde la ley sancionada no puede tener efecto retroactivo”.
Indicó que se evidencia la irracionabilidad de la ley en cuanto no solo es incoherente consigo misma, sino en todo ordenamiento jurídico, “no solo es violatoria de la Constitución Nacional sino que además resulta contraria a los presupuestos de la Constitución Provincial”.
Como se recordará, la ley derogada establecía en el artículo 17 bis la prohibición de los sujetos comprendidos en la ley y en particular a los taxativamente enumerados en el artículo 16 de proceder a la nominación o designación de familiares directos en cualquiera de las áreas funcionales, administrativas, técnicas de maestranza, operativa y política, de planta permanente o transitoria en cual aquel cumpla funciones o cargo lectivo directa o indirectamente entre el designante y el designado. Y se disponía la prohibición de los nombramientos que se hayan efectuado dentro de los dos últimos años.
Reforma a la emergencia
El veto 396 es para la ley de reforma que hicieran los diputados del FpV Sergio Brusculi y Alfredo Di Filippo sobre la emergencia económica y financiera, “esta ley fue sancionada el 22 de enero y declaro el estado de emergencia económica y financiera y que se faculta al Poder Ejecutivo realizar operaciones de crédito público que resulten necesarias por la suma de U$S 650 millones”.
Se indica que se dispone de un 15% y 1% de las sumas obtenidas en cada tramo sean afectados a obras públicas municipales y comunales respectivamente, “y el mecanismo acordado fue por obra delegada donde la provincia y la municipalidad acuerdan de manera coordinada, y no obstante ello, el proyecto sancionado propicia la modificación de eso eliminando la modalidad delegada y disponiendo la distribución automáticamente como subsidios a los municipios y comunas, sin intervención del Estado”.
Para el Fiscal de Estado esta modificación importa para el Estado Provincial asumir el compromiso de devolución de la totalidad del empréstito y de obtener la conformidad de los intendentes y presidentes de comunas rurales para la realización de obras, mientras que de alcanzar vigencia el proyecto sancionado, los municipios y comunas rurales recibirán fondos sin obligación de devolverlos, sin siquiera la necesidad de acordar mínimamente la realización de las obras”.
Veto parcial
Por último, se veta parcialmente el artículo 6 de la ley de presupuesto que elimina e “goteo”, en los fundamentos el Fiscal de Estado sostiene que existiendo a la fecha incertidumbre respecto de la disponibilidad temporal de los recursos con los que habrán de afrontarse los gastos, elementales razones de prudencia y cuidado en el manejo de las cuentas públicas desaconsejan la promulgación de la norma contenida en el artículo 6”.
Para finalizar se le comunica a los diputados que aún en caso de promulgarse el resto de los articulados la efectiva aplicación de la ley no la hace operativa encontrándose supeditada a la previsión de los recursos y a su inclusión en el presupuesto general.