SI NO SE INTERVENÍA DE INMEDIATO, EL PROVEEDOR HASTA PODÍA CONVERTIRSE EN SOCIO, ADVIERTE UN INFORME DE SINDICATURA

“Plumagate” Capítulo 2: ¿La investigación judicial intenta `salvar´ al Banco?

ta1La situación que está soportando el Banco del Chubut a la fecha con la intervención judicial respecto a una ardua investigación que ahora encaró el juez en lo Penal de Trelew, doctor Darío Arguiano, donde se allanó la casa matriz de la entidad y se confiscaron tanto computadoras como documentación, va dejando al descubierto una trama de incalculables repercusiones, cuyo final es absolutamente abierto, de acuerdo a la investigación que está llevando adelante El Diario.
Pese a que la cosa se inicia en la contratación de servicios de consultoría de la empresa Graciela Adán & Asociados S.A., CUIT 30-69228801-3 con inicio de actividades en Julio de 1997, el vínculo con este proveedor va exponiendo una trama mucho mas compleja y trabada que podría inferir o conducir a sospechas bastante bien fundadas a un intento de estafa o por lo menos al pago de otro tipo de servicios que se canalizaron por esta vía.

El primer servicio de GA&A

Para colmo, las primeras veces que se contrató a la consultora que ha hecho los más diversos trabajos de asesorías desde posicionamientos de marca de ropa, consultoría en Responsabilidad Social Empresaria, disertaciones, organización de eventos, holding vinculados a la energía y hasta el gas, y otros variadísimos roles, la sugerencia de los asesores legales fueron los de “observar” la contratación directa por no garantizar “la protección jurídica y económica del Banco del Chubut”, tal como lo expuso uno de los informes rubricado por el integrante de la asesoría legal doctor Oscar Rearte. Sin embargo se pasa por alto esta observación letrada de parte del Subgerente General de Operaciones del Banco del Chubut, doctor Gustavo García Alonso quien decreta de puño y letra que “se solicita se proceda a la firma del convenio en cuestión a considerar no significativas las opiniones recibidas (sic)”
Porqué haría tal cosa un subgerente tomando las responsabilidades del caso?
Posiblemente porque lo ordenó el Gerente General, Marcelo Ramírez, tal como lo expone la Resolución 66 donde el funcionario reconoce que efectivamente el 31 de diciembre de 2014 venció el contrato con Graciela Adan/m & Asoc. Por “servicios y potenciación (sic) de un plan de comercial para el Banco por $ 150.000”; pero luego considerando que “es preciso seguir contando con el apoyo profesional en la materia”, resuelve volver a contratar a “GA&A por un costo total de $450.000 con forma de pago en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $150.000, período de contratación 3 meses retroactivos al 01 de Enero de 2015” (se infiere que fue dispuesto en marzo).
Ramírez va más allá aun, no solo decide esto, sino que dispone que lo suscriban (pongan el gancho) las Subgerencia de Administración del Banco del Chubut, y que les avisen a las otras Subgerencias Generales, de Administración y Contabilidad.

edificioLa preocupación interna

No fue entonces raro que los demás funcionarios del banco se vieran preocupados y ocupados por tales contrataciones, visto que comenzaron a ser responsables directos de las operaciones. No sería de extrañar incluso que todo este proceso judicial tenga la gran misión de parar anomalías a tiempo, aclarar responsabilidades y hasta deslindar actuaciones pasadas, además de evitar un perjuicio mayor a la entidad.
Y porqué se podría suponer esto? Sencillo. El informe que estaría buscando denodadamente el juez sería entre otros, uno de los síndicos del Banco que advertirían sobre no solo la aparición de la extraña y glamorosa proveedora bonaerense que nos ayudaba hasta entonces a definir trivialidades como podría ser como hacer funcionar mejor el cajero de Tecka, sino que habrían advertido un flagrante intento de convertirse en “socia” del Banco, en una constitución de un holding enrarecido ya desde su concepción.

¿Qué dice el informe?

Según el documento al que tuvo acceso El Diario en esto que se denominó coloquialmente “Plumagate”, no solo por la glamorosidad del proveedor sino por el impulso que habría dado a Marcelo Ramírez para su designación el director del Banco, Carlos Tomás “Ganso” Eliceche, el tema era para preocuparse:
“En nuestro carácter de síndicos titulares del banco del Chubut S.A. y en relación al asunto de referencia analizado y que fue el último informe y antecedentes remitidos a esta Comisión Fiscalizadora mediante Comunicación Interna 35/15, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 294 de la LSC y 31 del Estatuto de la Entidad, efectuamos las siguientes observaciones:”

Idoneidad incomprobada e intenciones mayores

“1º) No se da respuesta al Punto 1) de la Nota 24/15 ya que `no se informa ni adjunta documentación que de cuenta de los antecedentes e incumbencias profesionales considerados para encomendar los servicios de la proveedora. Por lo demás, no parece atendible ni prudente que la determinación de efectuar una contratación con el objeto de ponderar una sociedad holding y sociedades controladas, pueda originarse en la iniciativa de un proveedor, de acuerdo a lo que surge del punto 1º) del Informe y nota del proveedor de fecha 2 de diciembre de 2014. Mucho menos si se toma en cuenta que el directorio jamás consideró ni evaluó la posibilidad de constituir ni una sociedad holding ni dar lugar a sociedades controladas con aportes de capital del Banco del Chubut S.A.
Cabe destacar que el directorio no solo no ponderó dicha posibilidad antes de la contratación, sino que tampoco fue motivo de tratamiento luego de la presentación del informe de la contratista Graciela Adán & Asociados S.A.
No resulta aceptable que la contratación no surja de la entidad sino de un proveedor, mucho menos cuando una iniciativa de esa naturaleza forma parte de las determinaciones que debe, en principio, generarse en el directorio.

¿El nombre tampoco es el nombre real?

Como si fuera poco, en el informe de Ramírez la empresa figura como Graciela “Adam” & Asociados; las facturas exponen el nombre fantasía “Graciela Adan y Asociados Sociedad (sic)” mientras que la razón social figura como “Graciela Adan y Asociados S.A.”
Los síndicos sin embargo marcan solo un error de estos tres que advertimos periodísticamente: “2º) La denominación errónea de la contratista que admite el punto 2) del informe persiste en la Resolución 66 Nº19/15 de Gerencia General, en la que se omite considerar que se trata de una Sociedad Anónima, esto último según surge de las Facturas A 0005-00000008, 10 y 11. De modo tal que mientras el contrato y la resolución dan lugar a una contratación con lo que parece ser una persona física “Graciela Adán & Asociados”, las facturas puestas al cobro en función del mismo contrato provienen de una Sociedad Anónima: Graciela Adán & Asociados S.A.”
En fin. Esto es apenas la primera parte de la trama irregular que lleva a hacer grandes interrogantes como ¿Quién es esta misteriosa proveedora para generar tal revuelo? ¿Hizo el trabajo o solo facturó `prestando´ nombre y chapa? ¿En realidad hubo o hay un intento por crear un holding de multinegocios entre un privado y el Banco? ¿En qué condiciones y con qué capital social? Y en todo caso ¿Quién es el `vivillo´ o `visionario´que está detrás? Todos temas para el próximo capítulo de este apasionante `thriller´, increíble, pero real.

 

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