PAN AMERICAN SILVER DENUNCIÓ QUE SE VIOLABA LA LEY QUE HABÍA OTORGADO ESTABILIDAD FISCAL POR 30 AÑOS A LAS EMPRESAS

La Corte ordenó a Santa Cruz abstenerse de cobrar un impuesto a mineras

MINERIAEn un fallo unánime, la Corte Suprema de Justicia dictó una medida cautelar a favor de la minera Tritón en su reclamo a la provincia de Santa Cruz, que pretendía cobrarle 27 millones de pesos en concepto de Impuesto al “Derecho Real de Propiedad Inmobiliaria Minera”. El máximo tribunal decidió “no innovar” y, así, le ordenó a Santa Cruz abstenerse de “liquidar, exigir, intimar, o de cualquier forma reclamarle el pago” hasta tanto surja una sentencia definitiva.
El dato no es menor ya que sienta jurisprudencia y se transforma en un antecedente de peso ante la pretensión de algún otro estado provincial de avanzar en imponer cargas impositivas al sector.
La resolución, firmada el 30 de junio, cuenta con el aval de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. En ella se impugna el impuesto creado por la Ley Provincial 3318, que califica el hecho imponible como “el dominio del particular sobre la concesión de las minas situadas en la Provincia o sometidas a su jurisdicción” y establece como anual el tributo que se debe pagar. El impuesto fue creado a mediados de 2013 por la Legislatura santacruceña, ante un pedido del Ejecutivo liderado por Daniel Peralta, y determinó que se gravara el 1% de las reservas minables de las empresas. El mandatario patagónico apuntaba a recaudar $ 250 millones anuales con el nuevo tributo.

Estabilidad fiscal

En noviembre de 2013, la minera Tritón, de Pan American Silver, recurrió a la Corte solicitando una cautelar que la exima del pago del impuesto, argumentando que el mismo era violatorio de la Ley de Inversiones Mineras, sancionada a principios de la década del ’90 y que había otorgado estabilidad fiscal por 30 años a las empresas extractoras de metales. Otras de las mineras patagónicas afectadas por el impuesto eran Cerro Vanguardia, controlada por la sudafricana AngloGold Ashanti, y Minera Santa Cruz
Según Tritón reveló en su pedido ante la Corte, no podía abonar esa suma millonaria en materia impositiva “sin comprometer los medios que tiene afectados al desarrollo de sus actividades”, al tiempo que consideraron “la potencial aplicación del impuesto cuestionado como un impedimento para la obtención de los capitales necesarios para realizar las inversiones requeridas para el progreso del establecimiento minero”.
Los magistrados, en su dictamen, recordaron que la Corte tiene establecido que “si bien por vía de principio, medidas como la requerida no proceden respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunción de validez que ostentan”, tal doctrina “debe ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosímiles”. En esa línea, desde el cuarto piso del Palacio de Tribunales consignaron que “los antecedentes agregados a la causa surgen suficientemente acreditados los requisitos exigidos por los artículos 230, incisos 1° y 2°, y 232 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.

Focos de conflicto

Por la sentencia, Santa Cruz deberá abstenerse de reclamar administrativa o judicialmente las sumas que se hubiesen devengado en concepto de Impuesto al Derecho Real de Propiedad Inmobiliaria Minera como así también las que se devenguen en el futuro, los intereses y las multas que se hubieren aplicado a la mina Manantial Espejo.
Tampoco podrá trabar cualquier medida cautelar administrativa o judicial sobre el patrimonio de la sociedad con fundamento en dicha deuda, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva.
La creciente presión fiscal se ha transformado en los últimos años en uno de los grandes focos de conflicto entre las empresas mineras y las autoridades nacionales y provinciales. Pero la semana pasada una minera de Santa Cruz se anotó una primera victoria en la Corte Suprema, que, de seguir avanzando, podría terminar allanándoles el camino a muchas empresas del sector.

Ley de Inversiones Mineras

El máximo tribunal le concedió un amparo a la Minera Triton, que está a cargo en Santa Cruz del proyecto Manantial Espejo, y le ordenó a la provincia que se abstenga de cobrarle el nuevo impuesto inmobiliario hasta tanto no se expida en la cuestión de fondo, que sería definir si tal tributo es o no violatorio de la denominada ley de estabilidad fiscal, que rige para toda la industria.
Según la ley de inversiones mineras, siempre que comienza un proyecto, los gobiernos asumen el compromiso de mantenerle estable la carga tributaria por un período de 30 años, lo que implica que en ese plazo pueden crearle o eliminarle impuestos, siempre y cuando no le modifiquen la carga tributaria total.
La provincia de Santa Cruz, no obstante, instauró hace dos años un nuevo impuesto para las mineras que operan en su territorio, en función del cual las compañías están obligadas a pagar por el equivalente al 1% de las reservas que tienen bajo tierra.

Por 27 millones

La medida fue cuestionada por algunas empresas que ya estaban operando y que tenían un acuerdo de estabilidad fiscal, como el caso de Triton, y provocó quejas entre otras compañías chicas, que argumentaban que el impuesto ponía en riesgo sus operaciones. Y es que como el impuesto era sobre las reservas probadas, todas las empresas tenían que pagarlo aun antes de comenzar la explotación del yacimiento.
Para Triton, subsidiaria de la empresa Panamerican Silver, el tributo representaba, a marzo pasado, el desembolso de 26,9 millones de pesos adicionales.
Con el agravante, según señalan en la compañía, de que el de Manantial Espejo es un proyecto minero que ya está en proceso de cierre, lo que significa que ya está prácticamente finalizado.

Cuestión de fondo

«Si bien la Corte no se expidió sobre el fondo de la cuestión -dice Carlos Saravia Frías, socio de Saravia Frías Abogados y asesor de Triton-, es alentadora esta pronta y clara resolución que viene a ponerle coto al desenfrenado intento del Estado de seguir aumentando la carga tributaria, en franca violación de la norma aplicable.»
Además de Minera Triton, en Santa Cruz también están afectadas por el nuevo impuesto inmobiliario Minera Santa Cruz, que opera la mina San José; Yamana Gold, a cargo de Cerro Moro, y Goldcorp, con su proyecto Cerro Negro.
En la industria, no obstante, muchos esperan que el caso de Minera Triton pueda aplicarse más allá de Santa Cruz, dado que son varias las empresas que tienen reclamos similares en las provincias en las cuales operan y la mayoría viene a su vez cuestionando históricamente la política de retenciones a las exportaciones que aplica el gobierno nacional.
«La ley de inversiones mineras es, sin dudas, la base normativa fundamental de la actividad -subraya Saravia Frías-. De más está decir que por tratarse de inversiones de alto riesgo y largo plazo de recupero, se precisan reglas de juego claras y estables en el tiempo».

ÚLTIMAS NOTICIAS