OPINIÓN

En Chubut hay 51.539 ciudadanos excluidos

URNAS ELECCIONESSon 51.539 los ciudadanos que estaban en condiciones de emitir su voto en las elecciones del 2013 en la Comarca de los Andes y que ahora han quedado proscriptos y no podrán participar en las Audiencias Debate que debería por Ley realizar el Poder Ejecutivo Provincial para “promover, organizar, pautar y garantizar el debate sobre minería, en todo el territorio provincial”.
La enorme cifra de ciudadanos corresponde a los datos oficiales para el 2013 proporcionados por la Dirección Nacional Electoral y comprende a habitantes de Lago Puelo, El Hoyo, Epuyen, El Maiten, Cholila, Tecka, Río Pico, Corcovado, Trevelín, Esquel, Carrenleufú, Cerro Centinela, y Aldea Atilio Viglione.
La Ley XVII N° 127 fue sancionada el pasado 26 de Noviembre y es la que modificó casi en su totalidad al Proyecto de Ley 075/14 que procuraba establecer Parámetros de Sustentabilidad Ambiental en las Explotaciones Mineras. Proyecto de Ley que fuera presentado por la UAC Chubut como Iniciativa Popular, y que contó con el aval de 13.007 ciudadanos.
El Poder Ejecutivo Provincial al reglamentar la polémica Ley decidió excluir de su obligación de promover, organizar, pautar y garantizar el debate sobre minería, a la Comarca de Los Andes, aduciendo que los habitantes de la cordillera ya se habían expresado el 23 de Marzo de 2003.
En aquel año los ciudadanos en condiciones de sufragar según la misma fuente oficial eran 36.967, es decir que en los últimos diez años el aumento fue de 14.572 las mujeres y hombres que podían votar en los pueblos y ciudades de la Comarca de los Andes.
El Artículo 3º de la Ley que reemplazo al Proyecto de la UAC Chubut dice:” El Poder Ejecutivo deberá promover, organizar, pautar y garantizar el debate sobre la minería, en todo el territorio provincial”.
Para Reglamentar la Ley el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 1779/14 y dispuso utilizar el mecanismo de “Audiencias de Debate”, pero excluyendo a la denominada «Comarca de Los Andes» cuyos límites ideales han sido establecidos en torno al Paralelo 42° 00′ 00″ desde el Norte, a la división administrativa de los Departamentos Languiñeo y Tehuelches, el meridiano 71° 00′ 00″de Longitud Oeste y el límite Internacional con Chile; todo de acuerdo a los límites provinciales establecidos en el artículo 3° de la Constitución Provincial, atendiendo a que la ciudadanía que integra la misma ya se ha pronunciado respecto a la minería a través del plebiscito de fecha 23 de marzo de 2003”.
Quedarían así, según datos oficiales del año 2013, 51.539 ciudadanos proscriptos e impedidos de participar en las “Audiencias de Debate” que dice el gobierno es el medio adecuado para garantizar la instancia de participación de los ciudadanos y método de difusión y conocimiento de la ley que se propicia reglamentar.
El Poder Ejecutivo se olvidó del crecimiento de ciudadanos electores que las cifras de la Justicia Electoral indicaban al 2013 en 14.572 nuevos ciudadanos y que entre esos potenciales electores proscriptos, hay muchos que eran niños de 4, 5 o 6 años en el 2003, o jóvenes menores de 18 años por entonces y que ahora si tienen derechos cívicos que no se están respetando al pretender impedirles la posibilidad de poder asistir, expresarse e informarse en las “Audiencias de Debate”.

Por Luis Dupuy
dupuy2019@gmail.com

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