SERÁ EL PROYECTO ORIGINAL Y SOLO SE AUTORIZARÁ HASTA 5 MILLONES DE PESOS

El jueves se aprobará la ley de expropiación de Alpesca

t2El jueves se tratará la ley de expropiación de Alpesca y los diputados están dispuestos a aprobar el primer proyecto que envió el Poder Ejecutivo donde se autoriza al Poder Ejecutivo utilizar hasta 5 millones de pesos. Además se definió que si es necesario el gobierno puede enviar lo que vaya necesitando y la Cámara será la que autorice. De esta manera se calcula que el proyecto saldrá sin inconvenientes con el voto de los dos tercios de la Cámara.
Recordemos que el proyecto de ley para la expropiación de la empresa pesquera Alpesca en su artículo quinto “autoriza al Poder Ejecutivo con carácter excepcional y extraordinario a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para afectar los fondos provenientes de la Ley II N 151 para la reactivación de la unidad productiva en cuestión, sostenimiento de la paz social y el pago de la indemnización de los bienes expropiados por un monto de hasta 5 millones de pesos sin perjuicio de lo que determine el proceso de tasación”.
En el artículo sexto se encomienda al Poder Ejecutivo a través del Comité de Administración y de la Fiscalía de Estado a la toma inmediata de posesión de los buques por aplicación de la Ley I Nº 45 debiendo tramitar todas las autorizaciones y medidas cautelares correspondientes ante la autoridad competente a fin de obtener el uso de los permisos y conservación de todas las cuotas que se pudieren haber transferido a buques de terceros y que puedan implicar la pérdida de cuota de pesca asignadas a la provincia.
Se eximirá de cualquier tipo de pago de impuestos provinciales devengados por el uso de los bienes expropiados a la autoridad de aplicación o a los terceros.

Captura de especies

En otras de las consideraciones del proyecto original, el artículo tercero establece que la expropiación tendrá por fin el armado y disposición de los buques a fin de proceder a la captura de las especies autorizadas en sus respectivos permisos y en el límite de sus respectivas cuotas, como la puesta en funcionamiento del procesamiento de la captura en tierra. A tales fines el Estado podrá realizar la explotación por administración o mediante la utilización de terceros de conformidad a la normativa vigente, autorizándose al Poder Ejecutivo a efectuar los actos jurídicos pertinentes, estando incluso autorizado a transferir definitivamente los bienes expropiados a aquellos sujetos cuyos antecedentes en la materia y solvencia económica sea indicativos de que podrán explotar eficientemente las unidades productivas en cuestión.
En tanto, el Tribunal de Tasaciones de la provincia procederá a determinar el monto de la indemnización en un plazo de treinta días debiendo considerar todas las ventajas mesurables económicamente que hubieran obtenido las empresas expropiadas producto de la ocupación de sus bienes.

Evitarían la interpelación

Por otro lado, se estima que no sería necesaria la interpelación de la Ministro de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos, Gabriela Dufour ante la coincidencia de los legisladores en sacar el proyecto original que a lo sumo podría sufrir algunas pequeñas modificaciones que no harán al fondo de la cuestión.

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